Fundación Tripartita (logo corporativo)
Estás en:

Seguimiento Contratos

Seguimiento Contratos

Contratos Programa estatales 2006. Seguimiento

 


Nota sobre presentación de documentos

Las comunicaciones en papel, a las que se refiere la circular remitida a los beneficiarios de los Contratos Programa, sólo serán exigibles cuando se cumplan los siguientes requisitos:
  • Que el beneficiario haya remitido la aceptación de la ayuda.
  • Que, al menos, existan 7 días desde la mencionada aceptación hasta la fecha de inicio del grupo.
  • Que no esté disponible la aplicación en la página web.


"La Convocatoria de ayudas para Contratos Programa establece que, al menos 7 días hábiles antes del inicio de cada uno de los grupos/acciones de formación, deberá comunicarse a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo el lugar, fecha y horario de su realización. Esta comunicación se realizará en el modelo S-10.

Una vez realizada la misma, su modificación o cancelación deberá comunicarse vía telemática a la Fundación al menos con 3 días de antelación sobre la fecha inicialmente prevista para el comienzo del grupo/acción.

También deberá remitirse a la Fundación - hasta el primer día, inclusive, del comienzo de la acción formativa o grupo - una relación de los participantes, utilizando para ello el modelo S-20. Una copia de esa relación deberá estar a disposición de los órganos de control desde el día anteriormente señalado.

Estas comunicaciones deberán realizarse mediante procedimiento telemático para todos los grupos/acciones que se inicien a partir de la fecha de aceptación de la ayuda por el beneficiario.

El no efectuar las comunicaciones en los plazos mencionados, implica que el correspondiente grupo/acción se considere "no realizado" a los efectos de la liquidación del plan, salvo que el cambio de lugar, fecha u horario de su realización o, en su caso, la suspensión y posterior reanudación del mismo, se deban a causas suficientemente justificadas e imposibles de prever con el plazo de antelación requerido.

La normativa reguladora obliga al beneficiario a remitir los partes de asistencia de los participantes, debidamente firmados por los mismos, siempre que sean requeridos por la Fundación. El modelo normalizado del parte de asistencia es el S-30.

Para facilitar la cumplimentación y remisión de la documentación, está disponible la Aplicación de Gestión S-10 y S-20, de uso obligatorio para todos los beneficiarios de las ayudas. Permite notificar el inicio de los cursos y la relación de asistencia de los participantes y sus posibles modificaciones; además facilita la consulta de todos los datos comunicados a la Fundación Tripartita.
 

Imagen
 
 
Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo
c/ Torrelaguna, 56 - 28027 Madrid
| | CSS
Aviso legal