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18/07/2012
Bonificaciones - Empresas del Sector Agrario   
comillas Aplicación de bonificaciones por formación de las empresas del Sector Agrario – Aclaracionescomillas
 Imagen La Fundación Tripartita cree conveniente aclarar los siguientes aspectos como consecuencia de la integración de los trabajadores del Régimen Especial Agrario en el Régimen General de la Seguridad Social -Ley 28/2011 de 22 de septiembre:


  1. De acuerdo con el nuevo modelo de cotización, los trabajadores agrarios por cuenta ajena cotizan por primera vez por el concepto de Formación Profesional durante los períodos de actividad (0,18%, siendo el 0,15% a cargo del empresario y el 0,03% a cargo del trabajador), y por tanto las empresas a las que pertenecen pueden bonificarse en sus cuotas de la Seguridad Social por la formación que realicen, siempre y cuando éstas cumplan con los requisitos y obligaciones establecidos en la normativa reguladora de la formación de demanda (RD 395/2007 y Orden TAS/2307/2007).
  2.  Para el cálculo del crédito disponible, es de aplicación lo establecido en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, quedando garantizado un mínimo de 420 euros para todas las empresas, independientemente del importe cotizado en el ejercicio anterior por formación profesional.
  3. La asignación de un nuevo código de cuenta de cotización específico del Sistema Especial Agrario del Régimen General, no implica la consideración de la empresa como de nueva creación o el reconocimiento de nuevos centros de trabajo, y por tanto no procede el cálculo del crédito para formación de 65 euros por trabajador establecido en la Ley mencionada.
  4.  No obstante, en ningún caso los trabajadores por cuenta propia o autónomos se encuentran incluidos en el colectivo destinatario de la formación de demanda y por tanto no procede la bonificación por la formación que realicen.
  5. No procede la realización de formación durante los períodos de inactividad de los trabajadores, salvo que la misma se hubiera iniciado en período de actividad.

Se ha elaborado un documento de "Preguntas Más Frecuentes"esperando dar respuesta a las consultas planteadas relacionadas con las bonificaciones en las cotizaciones en concepto de Formación y a las diversas informaciones difundidas a través de diferentes medios.
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